Un proyecto senatorial que propone incluir a la figura del “nurse practitioner” (NP) entre los profesionales de la salud con autorización para expedir recetas en la jurisdicción de Puerto Rico, generó ya un debate público sobre la corrección de esa medida.
La discusión surge a raíz de una audiencia pública que celebró este miércoles la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes, a pesar de que el proyecto ya fue aprobado por el Senado durante el pasado mes de abril. El debate creado tras la audiencia llegó a la radio y a los noticieros del país.
En esas audiencias el secretario de Salud, Dr. Víctor Ramos Otero, condicionó su apoyo al Proyecto del Senado 757, a que se incluyan varias enmiendas que propuso la agencia. Afirmó el funcionario que esas enmiendas tienen el propósito de “asegurar una implementación clara, segura y compatible con el ordenamiento sanitario y de seguros”.
Sugirió entonces que se añada lenguaje uniforme en la definición del NP mediante la referencia expresa a la ley que regula esta profesión para “extender el reconocimiento únicamente a aquellas especialidades de práctica avanzada que la ley autorice expresamente a ordenar medicamentos, dentro de su área de especialidad y bajo los protocolos o acuerdos colaborativos correspondientes”.
Propuso además que se disponga expresamente en los acuerdos colaborativos el derecho del paciente a solicitar evaluación directa por un médico y que se establezca el mecanismo para obtenerla oportunamente.
Ramos urgió a la Comisión cameral que busquen las recomendaciones de la Administración de Seguros de Salud (ASES), la Oficina del Comisionado de Seguros, la Junta Examinadora de Enfermería, la Junta de Farmacia, y la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica para conocer sus posturas en cuanto a la credencialización, responsabilidad profesional, fiscalización de acuerdos y coordinación reglamentaria.
Esta pieza legislativa atempera la “Ley de Farmacia de Puerto Rico” (Ley 247-2004), para incluir al componente de la enfermería avanzada como prescribiente autorizado tal y como se dispone la “Ley para la Regulación de la Enfermería Avanzada” (Ley 254-2015).
Se informó durante la vista pública que, “de conformidad con el marco regulatorio vigente, los NP están facultados para prescribir medicamentos para el tratamiento de condiciones clínicas diagnosticadas, mediante acuerdo con un médico debidamente licenciado en el escenario hospitalario, excepto medicamentos que caen bajo las categorías I y II de la “Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico” (Ley 4-1971)”.
En la actualidad, el estatuto solo define como prescribiente a los médicos, odontólogos, dentistas, podiatras y veterinarios.
Colegio de Profesionales de la Enfermería de Puerto Rico
Por su parte, la presidenta del Colegio de Profesionales de la Enfermería de Puerto Rico (CPEPR), Marisel Delgado, favoreció la propuesta que dijo tiene el fin “contribuir a optimizar la distribución de los recursos médicos, mejorando así la cobertura en áreas con déficit de profesionales y aumentando la capacidad de respuesta del sistema”.
Sostuvo que la “Ley de Farmacia de Puerto Rico” ha dejado afuera a los enfermeros avanzados, quienes poseen la preparación y certificación a nivel nacional para emitir prescripciones de medicamentos, por lo que “esta deficiencia resulta en una limitación para que las farmacias puedan aceptar y despachar medicamentos contenidos en una receta emitida por un NP lo que resulta en un disloque estatutario”.
Opinó que la medida busca “ampliar el acceso al paciente a su tratamiento de salud”, tal y como se lleva a cabo en estados como Alaska, Colorado, Connecticut y Hawaii, entre otros.
“En los estados que poseen legislación sobre el tema, uno de los mayores beneficios que se ha reportado es una mayor eficiencia y acceso en beneficio de los pacientes, mejora el flujo y atención de estos y reduce la saturación en las salas de emergencia y clínicas”, señaló la profesional de enfermería.
Asociación de Hospitales
Otros que apoyaron la legislación fue la Asociación de Hospitales, por conducto de Eduardo Fantauzzi, asistente del Presidente. Este afirmó que con esta propuesta se resuelve el “desfase normativo” que existe entre las facultades que ya concede la ley, que regula la enfermería avanzada, y la legislación que regula la prescripción y dispensación de medicamentos.
“Para los hospitales es particularmente importante contar con esta figura en las salas de emergencias para atender urgencias, de manera que los médicos puedan concentrarse en manejar las verdaderas emergencias”, expresó.
Agregó que estos profesionales también brindan apoyo en las salas de operaciones bajo supervisión de los galenos, “sin embargo esa supervisión pierde eficacia si carecen de la autoridad para emitir las órdenes de medicamentos necesarias al alta. En los Estados Unidos y en el Hospital de veteranos los NP no solo representan un apoyo esencial, sino que incluso cuentan con la facultad de recetar medicamentos controlados”.
La directora del programa doctoral de nurse practitioner” de la Escuela de Medicina San Juan Bautista, la Dra. Carmen López Rodríguez, argumentó que la propuesta “tendrá el efecto de aumentar el acceso a servicios de salud a los pacientes de nuestra isla y por lo tanto mejorar la salud del pueblo
Preocupaciones
Durante la audiencia se levantaron varias preocupaciones por los legisladores. Una de ellas la levantó el presidente de la Comisión, el representante Gabriel Rodríguez Aguiló, y es que el proyecto permite que el NP firme un contrato con un médico “y lo que establezca ese contrato según la ley es lo que puede ejercer, por consiguiente, podemos tener múltiples acuerdos y contratos en Puerto Rico con diferentes médicos y NP y no vamos a tener una práctica estandarizada”.

También, se informó, fue objeto de controversia la posibilidad de que los NP puedan abrir su práctica en una oficina aparte del médico con el que firmó un acuerdo colaborativo, para atender los pacientes que le refiera el galeno, pero sin la supervisión directa de este. “Este punto tenemos que aclararlo”, sentenció el representante por acumulación.
“En el proyecto se habla de los artefactos que ellos podrían recetar, pero aquí nadie me pudo hablar de una definición clara, por lo que tenemos que asegurarnos qué tipo de artefactos son los que se pueden autorizar, que los NP puedan prescribir”, añadió Rodríguez Aguiló.
“Queremos asegurarnos, esta es la primera vista y vamos a estar trabajando de forma extensa este proyecto. El próximo que será citado será la Junta Examinadora de Enfermería, porque nadie me pudo contestar qué reválida van a dar o qué han ofrecido para los NP, quién confecciona esa reválida, no se pudo ofrecer estadísticas acerca de cuántos aprueban la misma y el número de casos de impericia que han ocurrido” concluyó el legislador.
